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¿Qué es el reglamento KKDIK?
El KKDIK es el reglamento turco sobre registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas, el equivalente turco del reglamento REACH de la UE. Lo administra el Ministerio de Medio Ambiente de Turquía a través del sistema KKS. El KKDIK exige el registro de sustancias fabricadas o importadas a partir de una tonelada al año, un expediente técnico IUCLID, requisitos de datos según el tonelaje y fichas de datos de seguridad conformes. Los fabricantes extranjeros suelen designar un Representante Único establecido en Turquía. Los registros deben completarse antes del 30 de septiembre de 2026.

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Qué regula el reglamento KKDIK
El reglamento KKDIK regula el registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias químicas que se comercializan en Turquía. Su estructura sigue al REACH europeo: sin datos no hay mercado. Por tanto, cada empresa debe conocer sus sustancias, los volúmenes anuales y su papel en la cadena de suministro.
¿A quién afecta?
- Fabricantes establecidos en Turquía
- Importadores que introducen sustancias en el mercado turco
- Representantes únicos designados por fabricantes extranjeros
- Usuarios intermedios, con obligaciones de verificación
Bandas de tonelaje y datos exigidos
La obligación comienza a partir de una tonelada anual por persona jurídica. A mayor volumen, mayor es el paquete de estudios exigido y, por encima de cierto umbral, se requiere el informe sobre la seguridad química. En consecuencia, la banda determina tanto el coste del expediente como la tasa aplicable.
Cómo se presenta el expediente
El expediente se prepara en IUCLID y se envía a través del sistema turco KKS. Antes hay que participar en el foro de intercambio de datos y obtener el derecho de uso de los estudios. El pago de la tasa cierra el procedimiento.
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Fuente oficial: Reglamento KKDIK — Boletín Oficial de Turquía.